TÍTULO TERCERO - DE LA COORDINACIÓN ENTRE AUTORIDADES · CAPÍTULO II - DE LA COORDINACIÓN DEL MECANISMO CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
Artículo 50.- Los convenios de cooperación celebrados con las entidades federativas, tienen como objeto la operación eficaz y eficiente del Mecanismo.
La Junta de Gobierno, a través de la Coordinación Ejecutiva Nacional, celebrará los convenios de cooperación con las entidades federativas.