Artículo 52. La elaboración del PROSENER y el seguimiento a sus indicadores y metas deben alinearse con lo establecido en las directrices de los programas derivados del PND que para estos fines establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Reglamento [Reg_LPTE]
Artículo 52 de REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
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TÍTULO TERCERO - DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO · Capítulo VII - De la alineación con el Plan Nacional de Desarrollo
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