Artículo 93. Una vez incluidos en el Registro UPAC, las personas Usuarias de Patrón de Alto Consumo se obligan a mantener la inscripción de aquellas instalaciones que cumplan con los criterios emitidos por la CONUEE.
Reglamento [Reg_LPTE]
Artículo 93 de REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO SEXTO - DE LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA, LA REDUCCIÓN DE LA POBREZA ENERGÉTICA Y EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA ENERGÍA · Capítulo III - Del Aprovechamiento Sustentable de la Energía y de la Eficiencia Energética · Sección I - De las personas Usuarias de Patrón de Alto Consumo
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