Reglamento [Reg_LPTE]

Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

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REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (Reg_LPTE)

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Transitorio QUINTO

Transitorios

QUINTO. En tanto no inicie operaciones el Sistema Nacional de Información Energética, la Secretaría, sus órganos administrativos desconcentrados, empresas públicas del Estado y entidades paraestatales sectorizadas, así como las demás dependencias que por ley estén obligadas a publicar registros o información geoespacial del Sector Energético, deben continuar con su obligación en las páginas de internet que para tal efecto se encuentren habilitadas.

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