Artículo 16. La estandarización y normalización que en términos de la Ley debe llevar a cabo la Secretaría y la CNE, debe tener como finalidad garantizar la Seguridad y la Continuidad en la generación, almacenamiento, transmisión y distribución de energía eléctrica.
Reglamento [Reg_LSE]
Artículo 16 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · Capítulo III - De la Normalización, Estandarización y Especificaciones Técnicas
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (Reg_LSE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.