TÍTULO QUINTO - DE LAS DEMAS ACTIVIDADES DEL SECTOR ELÉCTRICO · Capítulo V - De las Obligaciones para Energías Limpias, Transición Energética y Descarbonización del Sector Eléctrico
Artículo 185. La Secretaría debe emitir las disposiciones administrativas de carácter general que prevean la metodología para establecer el requisito de Certificados de Energías Limpias al que se refiere el artículo 145 de la Ley. Para tales efectos, la CNE debe brindar apoyo técnico a la Secretaría.