Reglamento [Reg_LSE]

Artículo 184 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (Reg_LSE)

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Artículo 184

TÍTULO QUINTO - DE LAS DEMAS ACTIVIDADES DEL SECTOR ELÉCTRICO · Capítulo V - De las Obligaciones para Energías Limpias, Transición Energética y Descarbonización del Sector Eléctrico

Artículo 184. Los Certificados de Energías Limpias se pueden comercializar libremente entre los Participantes del Mercado.

Las transacciones de compraventa, liquidación y cancelación voluntaria de Certificados de Energías Limpias solo se pueden realizar a través del sistema electrónico que se habilite en términos del artículo 149 de la Ley y el 182 del presente reglamento.

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