Lectura de artículo · Reg_LSE

Artículo 207

REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Artículo 207

TÍTULO SEXTO - DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO SOCIAL DEL SECTOR ENERGÉTICO Y LA CONSULTA PREVIA · Capítulo I - De la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético

Artículo 207. El Plan de Gestión Social del proyecto debe incorporar, al menos:

  1. La estrategia de implementación de las medidas de prevención, mitigación, remediación, compensación y ampliación de los Impactos Sociales;
  2. La estrategia de comunicación y vinculación con las poblaciones ubicadas en el área de influencia y otros actores, incluidos los sistemas o mecanismos de atención de quejas, y
  3. Las demás previstas en las disposiciones administrativas de carácter general en materia de impacto social.
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