TÍTULO SEXTO - DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO SOCIAL DEL SECTOR ENERGÉTICO Y LA CONSULTA PREVIA · Capítulo I - De la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético
Artículo 207. El Plan de Gestión Social del proyecto debe incorporar, al menos:
I. La estrategia de implementación de las medidas de prevención, mitigación, remediación, compensación y ampliación de los Impactos Sociales;
II. La estrategia de comunicación y vinculación con las poblaciones ubicadas en el área de influencia y otros actores, incluidos los sistemas o mecanismos de atención de quejas, y
III. Las demás previstas en las disposiciones administrativas de carácter general en materia de impacto social.