Reglamento [Reg_LSE]

Artículo 28 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (Reg_LSE)

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Artículo 28

TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · Capítulo IV - De los Permisos y Autorizaciones

Artículo 28. La Secretaría y la CNE pueden implementar procedimientos simplificados para el otorgamiento de permisos de generación o almacenamiento de energía eléctrica para Proyectos Estratégicos y aquellos necesarios para salvaguardar la integridad del Sistema Eléctrico Nacional y del Mercado Eléctrico Mayorista.

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