Artículo 28. La Secretaría y la CNE pueden implementar procedimientos simplificados para el otorgamiento de permisos de generación o almacenamiento de energía eléctrica para Proyectos Estratégicos y aquellos necesarios para salvaguardar la integridad del Sistema Eléctrico Nacional y del Mercado Eléctrico Mayorista.
Reglamento [Reg_LSE]
Artículo 28 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
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TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · Capítulo IV - De los Permisos y Autorizaciones
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