Reglamento [Reg_LSE]

Transitorio Décimo Noveno de REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (Reg_LSE)

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Transitorio Décimo Noveno

Transitorios

Décimo Noveno. Los lineamientos que regulen el procedimiento expedito para la migración a figuras de la Ley, de los permisos de autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción, producción independiente, importación, exportación y usos propios continuos otorgados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y de los contratos y convenios vinculados a los mismos, deben ser emitidos por la Secretaría, a más tardar ciento veinte días naturales a partir de la publicación del presente reglamento.

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