TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos · CAPÍTULO III - De los Ascensos
ARTÍCULO 46.- Los concursos de ascenso se realizarán de conformidad con el artículo 37 de la Ley, en dos etapas:
I. Evaluación del expediente para determinar el mérito y la eficiencia en el desempeño del cargo, así como el potencial de desarrollo y capacidad para asumir mayores responsabilidades, y
Fracción reformada DOF 02-11-2018
II. Exámenes escritos y orales para corroborar que se cuenta con los conocimientos y la capacidad para asumir las responsabilidades del rango al que aspira.
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