Reglamento [Reg_LSEM]

Artículo 75 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Reg_LSEM)

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Artículo 75

TÍTULO SEXTO · CAPÍTULO I - De las Funciones Consulares

ARTÍCULO 75.- Las Agencias Consulares serán establecidas para auxiliar a las Representaciones Consulares en lugares dentro de su Circunscripción Consular y sólo podrán ejercer aquellas funciones que específicamente le sean asignadas por la Secretaría.

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