Artículo 4. La actuación administrativa en los procedimientos previstos en la Ley y en este reglamento se debe desarrollar conforme a los principios de economía, competitividad, sencillez, celeridad, eficiencia, legalidad, simplificación administrativa, mejores prácticas de la industria, transparencia, imparcialidad, máxima publicidad, igualdad y buena fe.
Reglamento [Reg_LSH]
Artículo 4 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
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TÍTULO PRIMERO - DEL SECTOR HIDROCARBUROS · Capítulo Único - Disposiciones Generales
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