Trigésimo Primero. Hasta en tanto se determinan los formatos autorizados por la Secretaría o la Comisión para la presentación de solicitudes a las que hace referencia el presente reglamento y estos se publiquen en los portales electrónicos de la Secretaría y la Comisión, así como en los portales públicos de información de trámites, los formatos previos, los escritos libres y las versiones electrónicas autorizadas se consideran válidos para presentar las solicitudes que correspondan.
Reglamento [Reg_LSH]
Artículo Transitorio Trigésimo Primero de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
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