Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 170 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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Artículo 170

CAPITULO XVI - De la organización y funcionamiento de la Oficina Central de Reclutamiento

ARTICULO 170.- La Oficina Central de Reclutamiento dependerá orgánicamente de la Dirección de Personal de la Secretaría de la Defensa Nacional.

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