Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 35 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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Artículo 35

CAPITULO V - De las excepciones

ARTICULO 35.- Para declarar definitivamente exceptuados de toda obligación militar a los clasificados como inútiles por las Juntas Municipales de Reclutamiento, las oficinas de esa deberán hacer ratificar o rectificar los certificados originales por los medios que juzguen convenientes.

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