Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 75 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 75

CAPITULO IX - De los sorteos

ARTICULO 75.- Reunido el contingente, el Presidente de la Junta les hará saber el derecho que les asiste para elegir por votación nominal tres representantes de entre ellos mismos y cuya única misión estribará en garantizar la legalidad del sorteo. Los elegidos, tendrán el derecho de exigir que se consignen en el acta correspondiente, los incidentes que surjan y las protestas que se formulen.

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