Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 98 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 98

CAPITULO XI - Del contingente para la Armada

ARTICULO 98.- En los sorteos que se verifiquen en los puertos, se introducirá un número de bolas azules igual al número de vacantes más un 20% que la Armada solicite cubrir anualmente. De este total las 3/5 partes se reclutarán en el litoral del Pacífico y el resto en el del Atlántico.

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