Capítulo Décimo Segundo - Del Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades
Artículo 60.- Los servidores públicos de carrera que certifiquen las capacidades profesionales requeridas para permanecer en el puesto que ocupan, están obligados a acreditar las acciones de actualización a que se refiere el artículo 57 de este reglamento.
Artículo reformado DOF 04-01-2024