Capítulo Décimo Segundo - Del Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades
Artículo 61.- Los servidores públicos de carrera titulares, que no aprueben en dos ocasiones la capacitación obligatoria, deben ser separados de su puesto y del Sistema, y en consecuencia deben causar baja del Registro.
Artículo reformado DOF 04-01-2024