Reglamento [Reg_LSS_MAEBA]

Artículo 6 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución

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REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución (Reg_LSS_MAEBA)

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Artículo 6

TÍTULO SEGUNDO - DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES · CAPÍTULO PRIMERO - DE LA RECEPCIÓN Y CONTROL

Artículo 6.- La administración de los bienes comprende su recepción, control, custodia y conservación.

Para los efectos del párrafo anterior, la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos tendrá los mismos derechos y obligaciones que un depositario, en los términos que establecen las disposiciones legales aplicables en la materia.

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