Reglamento [Reg_LSS_MAEBA]

Artículo 7 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución

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Artículo 7

TÍTULO SEGUNDO - DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES · CAPÍTULO PRIMERO - DE LA RECEPCIÓN Y CONTROL

Artículo 7.- La Subdelegación solicitará a la Jefatura de Servicios Administrativos que corresponda a través del responsable de almacén la recepción de los bienes.

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REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución (Reg_LSS_MAEBA)

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