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Artículo 10

REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación

Artículo 10

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA · CAPÍTULO I - Disposiciones Comunes

Artículo 10. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 8, quinto párrafo de la Ley, cuando el Auxiliar solicite la terminación o suspensión de la autorización que le fuera otorgada, la Tesorería analizará si la petición se encuentra justificada y resolverá lo conducente en un plazo de treinta días hábiles, el cual comenzará a computarse a partir de la recepción de la solicitud. La resolución correspondiente deberá ser notificada al interesado dentro de los cinco días hábiles siguientes de emitida y surtirá sus efectos el día hábil siguiente al de su notificación.

La solicitud referida en el párrafo anterior deberá ser presentada ante la Tesorería mediante escrito libre, suscrito por el Auxiliar o su representante legal, en el que señale el motivo que justifica la suspensión o terminación de la autorización y podrá exhibir los documentos que estime pertinentes para acreditar su solicitud.

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