Ley [157]

Artículo 33 de Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana

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Artículo 33.- El Rector General hará, en los términos de las normas y disposiciones reglamentarias, las designaciones o remociones del personal académico, técnico y administrativo que no estén reservadas a otros órganos de la Universidad.

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Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana (157)

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