Ley [164_190719]

Artículo séptimo de Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

séptimo..- Para los efectos de lo dispuesto por los artículos 17 y 18 de esta Ley, en tanto no se suscriban los certificados de aportación patrimonial de la serie "B", el Consejo Directivo estará integrado por cinco consejeros propietarios que representarán a los certificados de aportación patrimonial de la serie "A" y por dos consejeros independientes. Los consejeros independientes serán designados en la primer sesión de los cinco consejeros propietarios que representen a los certificados de aportación patrimonial de la serie "A".

Las sesiones del Consejo Directivo se celebrarán con la asistencia de por lo menos cinco consejeros, siempre y cuando se cuente con la presencia de por lo menos tres consejeros de la serie "A", incluido el presidente del Consejo.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias