Ley [170_171215]
Artículo 5o de Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia
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Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia (170_171215)
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Artículo 5o. Para cumplir con sus objetivos, el Instituto se organiza:
- De acuerdo con sus funciones, en las áreas de:
- Investigación en Antropología, Arqueología e Historia.
- Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
- Museos y Exposiciones.
- Docencia y Formación de recursos humanos en los campos de competencia del Instituto.
- De acuerdo con su estructura territorial, en Centros o Delegaciones Regionales; y
- De acuerdo con su estructura administrativa, en las unidades que el reglamento de esta Ley establezca para el mejor desempeño de sus funciones.
Artículo reformado DOF