Artículo 6.- El patrimonio del Instituto Politécnico Nacional estará constituido por:
- I - Los bienes que actualmente posee y los que se destinen a su servicio;
- II - Las asignaciones y demás recursos que se establezcan en el presupuesto anual de egresos de la Federación.
- III - Los ingresos que obtenga por los servicios que preste;
- IV - Las donaciones que se le hagan y que en ningún caso se entenderán como contraprestación del servicio educativo, y que no deberán desvirtuar los objetivos del instituto, y
- V - Los legados que se le otorguen y demás derechos que adquiera por cualquier título legal.