Ley [211]
Artículo 188 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
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Ley Sobre El Contrato De Seguro (211)
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Artículo 188.- Al desaparecer alguno de los beneficiarios, su porción acrecerá por partes iguales la de los demás.
Fe de erratas al artículo DOF . R ecorrido (antes artículo 177) DOF