Ley [211]
Artículo 28 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 28.- La empresa aseguradora no tendrá derecho a compensar los créditos que tuviere contra el contratante que obtuvo la póliza con las sumas aseguradas, salvo lo dispuesto en el artículo de la .