Ley [211]

Artículo 33 de Ley Sobre El Contrato De Seguro

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 33.- La empresa aseguradora tendrá el derecho de compensar las primas y los préstamos sobre pólizas que se le adeuden, con la prestación debida al beneficiario.

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