Ley [211]
Artículo 32 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 32.- En el seguro por cuenta de tercero, la empresa aseguradora podrá reclamar del asegurado el pago de la prima cuando el contratante que obtuvo la póliza resulte insolvente.