Ley [211]

Artículo 69 de Ley Sobre El Contrato De Seguro

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 69.- La empresa aseguradora tendrá el derecho de exigir del asegurado o beneficiario toda clase de informaciones sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.

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