Ley [211]
Artículo 75 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 75.- Las sanciones establecidas para el caso de que el asegurado o sus causahabientes dejen de cumplir con alguna de sus obligaciones, no serán aplicables si en el incumplimiento no existió culpa de su parte.