Ley [218]
Artículo 1,809 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,809.- A todo parlamentario se recibirá con las formalidades y precauciones debidas.
Ley [218]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,809.- A todo parlamentario se recibirá con las formalidades y precauciones debidas.