Ley [218]
Artículo 306 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 306.- En baldeos, limpiezas, maniobras y ejercicios militares o marineros, ayudarán activamente en la parte que les corresponda, animando a la gente y cuidando del exacto cumplimiento de las órdenes que reciban.