Ley [218]
Artículo 825 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 825.- Por los conductos debidos manifestará al Comandante los cambios que deban hacerse en el uniforme, y la variación en la cantidad y calidad del alimento de la tripulación, según el clima en que se encuentre.