Ley [219]
Artículo 51 de Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos
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Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos (219)
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Artículo 51.- La Comisión de Administración de cada Cámara presentará mensualmente, para su aprobación en sesión secreta, el presupuesto de las cantidades que se necesiten para cubrir las dietas de los miembros de la Cámara.
Con igual fin presentará el presupuesto de lo que por sueldos venzan los empleados de las Secretarías de las mismas y el que corresponda a la conservación de los edificios. Esta Comisión visará las cuentas e intervendrá en todo lo relativo al manejo de los fondos.
Artículo reformado DOF ,