Ley [252]

Artículo 39 de Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 39.- Las condiciones que se deben tomar en cuenta para otorgar un estímulo serán, entre otras:

  1. Las actuaciones meritorias en el desempeño de sus comisiones;
  2. Las circunstancias relacionadas con sus actuaciones, y
  3. Las consecuencias benéficas para su unidad o establecimiento, o para la Armada.
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