Ley [28]

Artículo 8o de Ley De Comercio Exterior

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 8o.- La presidencia y el secretariado técnico de ambas comisiones estarán a cargo de la Secretaría. El Ejecutivo Federal determinará las dependencias, entidades y organismos que integrarán cada comisión y reglamentará su funcionamiento.

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