Ley [57]

Artículo 19 de Ley De Organizaciones Ganaderas

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Ley De Organizaciones Ganaderas (57)

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Artículo 19.- Para la imposición de las sanciones previstas en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, la Secretaría se sujetará a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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