Ley [CCF]
Artículo 3069 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Código Civil Federal (CCF)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
LIBRO Cuarto TÍTULO Segundo CAPÍTULO IV
Artículo 3069.- Se inscribirán en los folios de operaciones sobre bienes muebles:
- Los contratos de compraventa de bienes muebles sujetos a condición resolutoria a que se refiere la fracción II del artículo 2310;
- Los contratos de compraventa de bienes muebles por los cuales el vendedor se reserva la propiedad de los mismos, a que se refiere el artículo 2312; y
- Los contratos de prenda que menciona el artículo 2859.
Artículo adicionado DOF