Ley [CFF]
Artículo 84-n de Código Fiscal De La Federación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Código Fiscal De La Federación (CFF)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 84-n. A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 84-m de este Código, se le impondrán las siguientes multas:
- De $1,686,750.00 a $2,249,000.00 a las comprendidas en la fracción I, por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF , . Actualizada DOF . Compilada DOF ,
- De $899,600.00 a $1,124,500.00 a la establecida en la fracción II, por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF , . Actualizada DOF . Compilada DOF ,
- De $562,250.00 a $899,600.00 a la establecida en la fracción III, por cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF , . Actualizada DOF . Compilada DOF ,
Artículo adicionado DOF