Ley [CFPC]
Artículo 355 de Código Federal De Procedimientos Civiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Primero CAPÍTULO VII
Artículo 355.- Hay cosa juzgada cuando la sentencia ha causado ejecutoria.
Ley [CFPC]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Primero CAPÍTULO VII
Artículo 355.- Hay cosa juzgada cuando la sentencia ha causado ejecutoria.