Ley [CNPCF]
Artículo 880 de Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 880. Las sentencias deberán resolver la controversia planteada por las partes conforme a derecho.
Ley [CNPCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 880. Las sentencias deberán resolver la controversia planteada por las partes conforme a derecho.