Lectura de artículo · CPEUM

Artículo quinto

Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

TRANSITORIOS

Artículo Quinto. El elegirá a los Magistrados de la , en el mes de mayo próximo para que este alto Cuerpo quede solemnemente instalado el primero de Junio.

En estas elecciones no regirá el artículo 96 en lo relativo a las propuestas de candidatos por las Legislaturas locales; pero los nombrados lo serán sólo para el primer período de dos años que establece el artículo 94.

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