Artículo 5o.- Los ascensos a que se refieren los artículos 3o. y 4o. de la presente Ley, serán conferidos de acuerdo a los resultados obtenidos en el concurso de selección para ascenso.
Artículo reformado DOF
Ley [LAAM]
Artículo 5o.- Los ascensos a que se refieren los artículos 3o. y 4o. de la presente Ley, serán conferidos de acuerdo a los resultados obtenidos en el concurso de selección para ascenso.
Artículo reformado DOF
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Ley De Ascensos De La Armada De México (LAAM)
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