Ley [LAASSP]

Artículo 62 de Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 62. En los procedimientos de adjudicación directa, con la notificación de la adjudicación del contrato serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato del procedimiento de contratación, y la dependencia o entidad, así como la persona a quien se haya adjudicado, estarán obligados a firmar el contrato en la Plataforma en la hora y fecha previstas en la propia notificación o en la solicitud de cotización o, en su defecto, dentro de los siguientes quince días naturales al de la citada notificación.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias