Ley [LAdua]
Artículo 180-a de Ley Aduanera
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 180-a. Cometen la infracción de uso indebido de funciones dentro del recinto fiscal, quienes realicen cualquier diligencia o actuación dentro de los recintos fiscales o fiscalizados, sin autorización expresa de las autoridades aduaneras.
Artículo adicionado DOF