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Ley Del Servicio De Administración Tributaria (93_041218)
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Ley Del Servicio De Administración Tributaria
Resumen de la ley
La Ley del Servicio de Administración Tributaria crea y regula al Servicio de Administración Tributaria como órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con carácter de autoridad fiscal. Le asigna autonomía técnica para dictar resoluciones y autonomía de gestión y presupuestal para cumplir su objeto.
La ley define la responsabilidad del SAT de aplicar la legislación fiscal y aduanera, fiscalizar contribuyentes, facilitar el cumplimiento voluntario, recaudar contribuciones y aprovechamientos federales, dirigir servicios aduanales, representar el interés fiscal de la Federación, emitir disposiciones generales, administrar información fiscal y aduanera, transparentar resultados, evaluar eficiencia recaudatoria y responder por daños causados por sus servidores públicos en ciertos supuestos.
Lo esencial
Qué regula
- Naturaleza, objeto, domicilio, recursos y autonomía del SAT.
- Atribuciones fiscales, aduaneras, de recaudación, fiscalización, asistencia internacional e información.
- Recaudación mediante entrega de obras plásticas y comité de expertos.
- Organización del SAT, Junta de Gobierno, Jefatura y unidades administrativas.
- Servicio Fiscal de Carrera.
- Instancias de consulta y comités especializados.
- Programa anual de mejora continua.
- Información, transparencia y evaluación de eficiencia recaudatoria y de fiscalización.
- Responsabilidad patrimonial del SAT por daños y perjuicios causados por sus servidores públicos.
A quién aplica
- Al Servicio de Administración Tributaria.
- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- A contribuyentes personas físicas y morales sujetos a legislación fiscal y aduanera.
- A servidores públicos del SAT.
- A Junta de Gobierno, Jefatura del SAT, unidades administrativas y Contraloría Interna.
- A entidades federativas y municipios cuando intervengan en información fiscal, participaciones, coordinación o pago en especie con obras.
- A autoridades fiscalizadoras, de control y de auditoría que requieran información estadística.
- A comisiones legislativas de Hacienda y Crédito Público que reciben informes y pueden pedir aclaraciones.
Materias principales
- Administración tributaria y aduanera.
- Recaudación de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y accesorios.
- Fiscalización y facultades de comprobación.
- Cumplimiento voluntario y atención al contribuyente.
- Política fiscal y aduanera.
- Información fiscal y aduanera.
- Transparencia recaudatoria.
- Servicio Fiscal de Carrera.
- Responsabilidad por daños y perjuicios.
- Evaluación de eficiencia recaudatoria y fiscalización.
Derechos principales
- Derecho de contribuyentes a orientación, simplificación y menores costos de cumplimiento conforme al programa de mejora continua.
- Derecho a que el SAT facilite e incentive el cumplimiento voluntario.
- Derecho a que la administración tributaria publique información estadística y de recaudación en términos de la ley.
- Derecho a que el SAT responda por daños y perjuicios causados por servidores públicos cuando se cumplan requisitos legales.
- Derecho de contribuyentes a solicitar indemnización ante el tribunal fiscal competente en los supuestos previstos.
- Derecho a transparencia sobre indicadores de calidad de atención, costos, trámites, litigios, créditos fiscales, devoluciones y compensaciones.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- El SAT debe aplicar legislación fiscal y aduanera para que personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público.
- Debe fiscalizar a contribuyentes y vigilar cumplimiento de disposiciones tributarias y aduaneras.
- Debe facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario.
- Debe generar y proporcionar información para diseño y evaluación de política tributaria.
- Debe implantar programas para reducir costo de operación por peso recaudado y costo de cumplimiento.
- Debe elaborar y hacer público un programa anual de mejora continua.
- Debe proporcionar información estadística a autoridades de control y fiscalización superior.
- Debe publicar estudios anuales sobre evasión fiscal con participación de al menos dos instituciones académicas de prestigio.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Recaudación de contribuciones y aprovechamientos federales.
- Fiscalización y facultades de comprobación.
- Representación del interés fiscal de la Federación en controversias.
- Solicitud y entrega de información a instituciones nacionales o extranjeras para evitar evasión o elusión.
- Emisión de disposiciones generales para aplicación de leyes fiscales y aduaneras.
- Registro y distribución de obras plásticas recibidas en pago.
- Elaboración del programa anual de mejora continua.
- Presentación de informes trimestrales y estadísticas de recaudación, fiscalización, devoluciones, créditos y juicios.
- Solicitudes legislativas de información adicional.
- Demandas de indemnización por responsabilidad del SAT.
Sanciones o consecuencias
La ley no establece un catálogo general de multas para contribuyentes, porque esas sanciones se encuentran principalmente en leyes fiscales y aduaneras específicas. Esta ley regula consecuencias institucionales y de responsabilidad: el SAT puede ser responsable por daños y perjuicios causados por sus servidores públicos en ejercicio de atribuciones, sin que ello excluya sanciones administrativas, penales o laborales para el servidor público que originó el daño.
La indemnización puede exigirse ante el tribunal fiscal competente. El contribuyente debe probar lesión, acción u omisión del SAT, relación causal y monto de daños y perjuicios. Además, se considera falta grave cuando una resolución se anula por falta de fundamentación o motivación en fondo o competencia, por ser contraria a jurisprudencia de la Suprema Corte en materia de legalidad, o por desvío de poder, en los términos del artículo 34.
Definiciones importantes
- SAT: órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con carácter de autoridad fiscal.
- Contribuciones: para efectos de esta ley, incluye aprovechamientos federales cuando el texto se refiera a contribuciones.
- Política de administración tributaria y aduanera: acciones para recaudar eficientemente, combatir evasión y elusión, ampliar la base de contribuyentes y facilitar cumplimiento voluntario.
- Junta de Gobierno: órgano integrado por el titular de Hacienda, consejeros designados por este y consejeros independientes.
- Jefe del SAT: titular nombrado por el Presidente de la República, sujeto a ratificación del Senado o Comisión Permanente.
- Servicio Fiscal de Carrera: sistema profesional para dotar al SAT de funcionarios fiscales calificados, profesionales y especializados.
- Programa de mejora continua: instrumento anual con metas e indicadores sobre evasión, atención, costos, fiscalización y eficiencia.
Explora a detalle
Artículos clave
- Artículo 1: naturaleza del SAT como órgano desconcentrado y autoridad fiscal.
- Artículo 2: objeto de aplicar legislación fiscal y aduanera, fiscalizar y facilitar cumplimiento voluntario.
- Artículo 3: autonomía de gestión, presupuestal y técnica.
- Artículo 7: atribuciones principales del SAT.
- Artículos 7o.-A a 7o.-D: pago de contribuciones mediante obras plásticas.
- Artículos 8 a 13: órganos, Junta de Gobierno y Jefatura.
- Artículos 15 a 18: Servicio Fiscal de Carrera.
- Artículos 21 a 27: programa de mejora continua, informes y transparencia.
- Artículos 28 a 33: evaluación de eficiencia recaudatoria y fiscalización.
- Artículos 34 y 35: responsabilidad del SAT y reglas sobre sanciones a servidores públicos.
Mapa de temas
- Título Primero: naturaleza, objeto, atribuciones, recursos y autonomía del SAT.
- Capítulo I: naturaleza y objeto.
- Capítulo II: atribuciones fiscales, aduaneras y de información.
- Título Segundo: organización.
- Capítulo I: órganos del SAT.
- Capítulo II: Junta de Gobierno.
- Capítulo III: Jefatura del SAT.
- Título Tercero: Servicio Fiscal de Carrera.
- Título Cuarto: disposiciones generales, comités e instancias de consulta.
- Título Quinto: información, transparencia y evaluación de eficiencia recaudatoria.
- Título Sexto: responsabilidad del SAT.
- Transitorios: entrada en vigor, transferencia de atribuciones, recursos, asuntos, personal y referencias.
Plazos importantes
- La ley original entró en vigor el 1 de julio de 1997.
- La Junta de Gobierno sesiona ordinariamente por lo menos una vez cada tres meses.
- La Junta debe determinar, a más tardar en su última sesión de cada ejercicio, montos y programas de recursos adicionales.
- Consejeros independientes deben asistir cuando menos al setenta por ciento de las sesiones convocadas en un ejercicio.
- Obras plásticas no representativas pueden devolverse al autor para que en tres meses ofrezca otras o pague en efectivo.
- Miembros del comité de obras plásticas duran cuatro años y no pueden ser designados de nuevo dentro de los cuatro años siguientes.
- Información adicional solicitada por comisiones legislativas debe entregarse en el plazo fijado en la solicitud, que no puede ser menor a diez días naturales.
- Información sobre recaudación federal participable debe publicarse mensualmente dentro de los treinta días siguientes al mes correspondiente.
- Legislación, reglamentos y disposiciones generales deben difundirse en internet dentro de las veinticuatro horas siguientes a su generación.
- Estudios anuales de evasión fiscal y de ingreso-gasto deben presentarse a comisiones legislativas a más tardar treinta y cinco días después de terminado el ejercicio.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Servicio de Administración Tributaria?
Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con carácter de autoridad fiscal encargado de aplicar la legislación fiscal y aduanera.
¿El SAT tiene autonomía?
Sí. La ley le reconoce autonomía de gestión y presupuestal para cumplir su objeto, y autonomía técnica para dictar resoluciones.
¿Qué funciones principales tiene el SAT?
Recaudar, fiscalizar, dirigir servicios aduanales, representar el interés fiscal, facilitar cumplimiento voluntario y generar información para política tributaria.
¿La ley obliga al SAT a publicar información?
Sí. Debe publicar información fiscal, aduanera, de recaudación, participaciones, indicadores de servicio, estudios de evasión y otros datos previstos.
¿El SAT puede ser responsable por daños?
Sí. Puede responder por daños y perjuicios causados por sus servidores públicos en ejercicio de atribuciones, conforme a los requisitos del artículo 34.
Índice de artículos
Ley Del Servicio De Administración Tributaria
42 artículos disponibles en 93_041218.
- Artículo primero
- Artículo 1o
- Artículo 2o
- Artículo 3o
- Artículo 4o
- Artículo 5o
- Artículo 6o
- Artículo 7o
- Artículo 7o.-a
- Artículo 7o.-b
- Artículo 7o.-c
- Artículo 7o.-d
- Artículo 8o
- Artículo 9o
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 13-a
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 20-a
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 04-12-2018