Ley [LAdua]
Artículo 191 de Ley Aduanera
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Ley Aduanera (LAdua)
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Artículos cercanos
Artículo 191. Se aplicarán las siguientes sanciones a quien cometa las infracciones establecidas en el artículo 190 de esta Ley:
- l. Multa de $30,280.00 a $45,420.00 , tratándose de las señaladas en las fracciones l y Il.
Multa de la fracción actualizada DOF , , , , , , , , , , , , , , , , ,
- Multa de $60,570.00 a $90,820.00 , tratándose de la señalada en la fracción III.
Multa de la fracción actualizada DOF , , , , , , , , , , , , , , , , ,
- l. Multa de $6,060.00 a $9,070.00 , tratándose de la señalada en la fracción IV.
Multa de la fracción actualizada DOF , , , , , , , , , , , , , , , , ,
- Multa de $121,100.00 a $181,650.00 , tratándose de la señalada en la fracción V, independientemente de las sanciones a que haya lugar por la comisión de delitos.
Multa de la fracción actualizada DOF , , , , , , , , , , , , , , , , ,